Apreciado usuario, a continuación usted encontrará un listado de los términos comunente utilizados dentro todo lo que tiene que ver con la prestación de servicios públicos de agua potable y de alcantarillado, específicamente para la ciudad de Popayán de la siguiente manera:

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  • AAPSA

    Sociedad Acueducto y Alcantarillado de Popayán S.A. E.S.P.

  • Acometida de acueducto

    Derivación de la red local del servicio respectivo que llega hasta el registro de corte del inmueble. En edificios de propiedad horizontal o condominios, la acometida llega hasta el registro de corte general. Para el caso de alcantarillado la acometida es la derivación que parte de la caja de inspección y llega hasta el colector local.

  • Acometida de alcantarillado

    Derivación que parte de la caja de inspección y llega hasta el colector de la red local (Art. 14.1 Ley 142 de 1994)

  • Corte del servicio de acueducto

    Perdida del derecho al servicio de acueducto, que implica retiro de acometida y del medidor.

  • Desviaciones significativas del consumo

    Para efectos de lo previsto en el Articulo 149 de la Ley 142 de 1994, se entenderá por desviaciones significativas, en el período de facturación correspondiente, los aumentos o reducciones en los consumos, que comparados con los promedios de los últimos tres períodos de facturación sean mayores a los porcentajes que se señalan a continuación:

    • Treinta y cinco por ciento 35% para usuarios con un promedio de consumo mayor o igual a treinta metros cúbicos (30 m³).
    • Sesenta y cinco por ciento 65% para usuarios con un promedio de consumo menor o igual a treinta metros cúbicos (30 m³).
    • Para las instalaciones nuevas y las antiguas sin consumos históricos válidos, el límite superior será 1.65 veces el consumo promedio para el estrato o categoría de consumo y el límite inferior será 0.35 multiplicado por dicho consumo promedio.  Si el consumo llegara a encontrarse fuera de esos límites, se entenderá que existe una desviación significativa.
  • Factura de servicio público

    Es la cuenta que AAPSA entrega o remite al usuario por causa del consumo en un lapso determinado, y demás servicios inherentes en desarrollo del, presente contrato.

  • Fuga imperceptible

    Volumen de agua que se escapa a través de las instalaciones interiores de un inmueble, detectables solamente mediante instrumentos apropiados, tales como geófonos.

  • Inmueble

    Bien que cumple con las condiciones del Código Civil para recibir ese calificativo; incluye las partes del inmueble que, de acuerdo con la Ley y las condiciones de acceso y técnicas, pueden individualizarse para efectos de la prestación del servicio a otros usuarios que habitan al interior del mismo inmueble.

  • Medidor

    Dispositivo mecánico que mide el consumo que se hace del agua provista por el acueducto.  Puede ser individual, cuando mide el consumo realizado en desarrollo de un solo contrato; colectivo cuando mide consumos realizados en desarrollo de más de un contrato; o en general, si es para medir consumos en desarrollo de un solo contrato hecho en interés de muchas personas que tiene propiedad, posesión o tenencia de un mismo inmueble o de un conjunto de inmuebles, tal como puede ocurrir en edificios o urbanizaciones multifamiliares cerradas.

  • Periodo de facturación

    Es el tiempo durante el cual se prestaron los servicios que cobra. Para los efectos del contrato será de un (1) mes.

  • Petición

    Acto de cualquier persona particular, suscriptora o no, dirigido a AAPSA, para solicitar, en interés particular o general, un acto o contrato relacionado con la prestación de los servicios de acueducto y alcantarillado, pero que no tiene el propósito de conseguir la revocación o modificación de una decisión tomada por AAPSA respecto de uno o más suscriptores en particular.

  • Queja

    Medio por el cual el usuario o suscriptor pone de manifiesto su inconformidad con la actuación de determinado o determinados funcionarios, o su inconformidad con la forma y condiciones en que se ha prestado el servicio.

  • Reclamación

    Es una actuación preliminar mediante la cual AAPSA revisa la facturación de los servicios públicos a solicitud del interesado, para tomar una posterior decisión final o definitiva del asunto, en un todo de conformidad con los procedimientos previstos en la Ley 142 de 1994, en el Código Contencioso Administrativo y en las disposiciones reglamentarias.

  • Reconexión

    Restablecimiento del servicio a un inmueble al cual se le había suspendido.

  • Recurso

    Es un acto del suscriptor o usuario para obligar a AAPSA a revisar ciertas decisiones que afectan la prestación del servicio o la ejecución del contrato.  Abarca los recursos de reposición y el de apelación en los casos en que expresamente lo consagre la Ley.

  • Red local

    Es el conjunto de redes o tuberías que conforman el sistema de suministro del servicio público a una comunidad y del cual se derivan las acometidas de los inmuebles.

  • Reinstalación

    Restablecimiento del servicio de acueducto a un inmueble al cual le había sido cortado.

  • Saneamiento básico

    Son las actividades propias del conjunto de los servicios domiciliarios de alcantarillado y aseo.

  • Servicio público domiciliario de agua potable

    Es la distribución municipal de agua apta para el consumo humano, incluida su conexión y medición, asi como las actividades complementarias de que trata la Ley 142 de 1994 de captación de agua y su procesamiento, tratamiento, almacenamiento, conducción y transporte de agua.

  • Suscriptor

    Persona natural o jurídica con la cual se celebra el contrato de condiciones uniformes de Servicios Públicos de acueducto y alcantarillado.

  • Suscriptor potencial

    Persona que ha iniciado consultas para convertirse en usuario de los servicios públicos de acueducto y alcantarillado.

  • Suspensión

    Interrupción temporal del servicio por falta de pago oportuno o por otras causas previstas en este contrato, o en cualquiera de las normas vigentes relativas a servicios públicos domiciliarios.

  • Usuario

    Persona natural o jurídica que se beneficia con la prestación de un servicio público de acueducto y alcantarillado, bien como propietario del inmueble en donde este se presta, o como receptor directo del servicio.  A este último usuario se denomina también consumidor.

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