Una persona natural o jurídica hace la solicitud escrita de la revisión del medidor para verificar sí cumple con los estándares mínimos según la Norma NTC 1063-1 de 1995 y/o 2007.

Pasos a seguir

  • Elaborar solicitud escrita y radicarla en la Oficina de Archivo.
  • Esperar visita técnica donde se retira el medidor que se va a calibrar, se instala uno nuevo calibrado y se diligencia la orden y el acta de retiro del medidor.
  • Se envía a calibración a un laboratorio acreditado.
  • Esperar respuesta del resultado de calibración.

Requisitos, persona natural y jurídica

  • Estar inscrito/afiliado en. Ser usuario de la Empresa.

Recuerde

Puede hacer seguimiento a éste servicio: físicamente en las oficinas de la Empresa de 8:00 a.m. a 4:00 p.m y/o vía teléfonica al 602-8321000, ext. 159.

Está dirigido a: Derecho Privado, Derecho Público, ciudadano colombiano, ciudadano extranjero, mayor de edad, residente.

Como resultado de este servicio usted obtendrá: la Empresa calibra el medidor en un laboratorio acreditado y envía el resultado al usuario.

Plazo: 30 días.

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